Programa de impulso a la creación, crecimiento y consolidación de nuevas iniciativas empresariales innovadoras en la ciudad de San Sebastián.
El objetivo de estas ayudas es incentivar la contratación de profesionales con formación académica superior, en entidades locales que estén desarrollando proyectos empresariales innovadores y de I+D de San Sebastián para que puedan a portar su conocimiento a esa actividad innovadora clave para dichas entidades.
- ¿A QUIÉN VA DIRIGIDA ESTA AYUDA?
- Persona física que desarrolle una actividad económica a título lucrativo o sea persona jurídica.
- Que esté constituida válidamente en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y que lleve a cabo una explotación económica dirigida a mercado.
- Que tenga centro de trabajo en San Sebastián, en el que se desarrollen las actividades subvencionadas.
- Que se trate de un proyecto local, y que el centro de trabajo de la persona cuya contratación sea objeto de la ayuda estará ubicado en San Sebastián.
- Que presenten proyectos innovadores o de I+D+i y un modelo de negocio escalable. Serán proyectos de empresas y/o entidades de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
No podrán tener la condición de persona beneficiaria:
- Las Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro. De forma excepcional, sí podrán ser beneficiarias las Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro que sean miembros de la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación (RVCTI), regulada por el Decreto 109/2015 de 23 de junio.
- Las entidades dependientes o participadas en más de un 25% por entidades sin ánimo de lucro, por sociedades patrimoniales, por Colegios Profesionales, y/o por entidades pertenecientes al Sector Público. Excepcionalmente, sí podrán tener la condición de persona beneficiaria las entidades que, aun encontrándose en el supuesto descrito en este apartado, cumpla alguna de las siguientes condiciones:
- Que la entidad de la que dependen o que les participa en más de un 25%, sea miembro de la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación (RVCTI).
- Que la propia entidad solicitante sea miembro de la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación (RVCTI), regulada por el Decreto 109/2015 de 23 de junio.
- ¿CUAL ES LA CUANTÍA DE LA AYUDA Y QUÉ SE SUBVENCIONA?
Se podrá otorgar máximo dos ayudas Ekinn Talent por cada proyecto, con un máximo de 1 proyecto por empresa.
Hay 2 modalidades de ayuda en función del salario bruto mínimo anual que recibirá la persona contratada:
- Modalidad A: salario mínimo de 20.000€ brutos anuales
Con importe base de la Ayuda de 10.000 € para subvencionar los 6 primeros meses de un nuevo contrato a jornada completa.
Esta ayuda podrá tener los siguientes incrementos sobre la base de la ayuda:
- 2.000€ adicionales si la persona contratada es una mujer.
- 2.000€ adicionales si la persona contratada es menor de 35 años en el momento de la contratación.
- 2.000€ adicionales si para la persona contratada es donostiarra que retorna a San Sebastián.
- 1.000€ adicionales en caso de contrato predoctoral.
Estos incrementos son acumulables, pero en ningún caso, el importe de la ayuda podrá superar la cuantía de 13.000€
- Modalidad B: salario mínimo de 30.000€ brutos anuales
Con importe base de la Ayuda de 15.000 € para subvencionar los 6 primeros meses de un nuevo contrato a jornada completa.
Esta ayuda podrá tener los siguientes incrementos sobre la base de la ayuda:
- 2.000€ adicionales si la persona contratada es una mujer.
- 2.000€ adicionales si la persona contratada es menor de 35 años en el momento de la contratación.
- 2.000€ adicionales si para la persona contratada es donostiarra que retorna a San Sebastián
- 1.000€ en caso de contrato predoctoral.
Estos incrementos son acumulables, pero en ningún caso, el importe de la ayuda podrá superar la cuantía de 18.000€.
- ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DE LA CONTRATACIÓN?
Las personas contratadas deberán de cumplir los siguientes requisitos mínimos:
a) Que tengan formación cualificada, una titulación de Grado Superior Universitario o Ciclo Formativo de grado Superior.
b) Que estén empadronadas en San Sebastián con fecha anterior al inicio de la contratación, y como mínimo desde el día anterior al inicio de la relación laboral.
c) Que estén inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-SVE (Servicio Vasco de Empleo). La fecha de inscripción será anterior al día del inicio de la relación laboral.
Las personas contratadas podrán ser personas empleadas o desempleadas al inicio de la relación laboral.
d) En el caso de que la persona contratada sea donostiarra que retorna a San Sebastián.
e1) Que tengan vinculación con San Sebastián, es decir, que cumplen alguno de los siguientes requisitos:
- Ser nacida en San Sebastián.
- Que haya estado empadronada en San Sebastián por un periodo mínimo de 5 años.
- Haber obtenido una titulación oficial en alguna de las facultades y/o escuelas universitarias ubicadas en San Sebastián.
e2) Que tuvieran su residencia fuera de la CAV durante al menos los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del contrato laboral y de manera continuada.
e3) Que no hayan trabajado en la CAV durante al menos, los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del contrato laboral.
- En caso de que se presente un contrato de doctorando, la persona contratada deberá cumplir todos los requisitos indicados en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado y sus posteriores modificaciones.
Las contrataciones laborales deberán cumplir los siguientes requisitos:
- El inicio del contrato laboral se producirá entre el 1 de enero de 2024 y el 28 de febrero de 2025, salvo que, por causas motivadas, Fomento de San Sebastián autorice expresamente una fecha de inicio diferente.
El plazo máximo para la contratación de la persona trabajadora será de dos meses desde la fecha de resolución de la ayuda.
- Que el salario a percibir, sea como mínimo:
- Un salario bruto de 20.000 euros anuales para una jornada del 100% en el caso de la modalidad A,
- Un salario bruto de 30.000 euros anuales para una jornada del 100% en el caso de la modalidad B.
- En el caso de querer cumplir con el requisito de doctorado, que sea un contrato predoctoral conforme al Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, la Ley 14/2011, del 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Que las personas contratadas reciban una acogida inicial adaptada al proyecto dentro de la entidad beneficiaria. Este plan de acogida deberá incluir una píldora formativa sobre la sostenibilidad del proyecto.
- Que el contrato tenga una duración mínima de 6 meses y sea a jornada completa.
No se consideran subvencionables las siguientes contrataciones:
- Prórrogas de contratos realizados después de la solicitud de la ayuda.
- Sumas de contratos. Para cada ayuda objeto de subvención se admitirá un único contrato.
- Las contrataciones realizadas con personas que en los 24 meses anteriores a la fecha de la contratación prestasen servicios en la misma empresa o en otra empresa si existen socios comunes con el 25% de participación en ambas empresas.
- ¿CÓMO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de estas Bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG) y hasta agotar los recursos económicos, o, en otro caso, hasta el cierre de la convocatoria, el 30 de octubre de 2024.
Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática a través de la web de Fomento de San Sebastián (www.fomentosansebastian.eus).
Para cualquier información o consulta se atenderá en el teléfono 943 482800 o en el email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando como asunto: “Ayudas Crecimiento 2024”
Junto con el impreso de solicitud correspondiente se adjuntará toda la documentación administrativa requerida, así como la documentación técnica y económica.
- Documentación administrativa
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Memoria descriptiva técnica (Anexo “Memoria Técnica”)
La memoria técnica describirá el proyecto innovador a desarrollar, así como los gastos a incurrir y su impacto en el crecimiento de la empresa. Contendrá información técnica y económica y debe mostrar los aspectos técnicos, científicos y de innovación, económico-financieros, plan de negocio y explotación comercial del proyecto. Incluirá el diseño global del proyecto (desarrollo de las fases, tareas, responsables, cronograma, indicadores de resultado) e indicará claramente el estado en el que se encuentra.
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Memoria específica Ekinn Talent
- ¿CÓMO ES EL PROCESO DE SELECCIÓN?
Las solicitudes serán evaluadas y resueltas por orden de registro de entrada hasta agotar los recursos económicos.
Todos los proyectos presentados serán evaluados de la siguiente manera:
- Valoración general sobre el proyecto para el conjunto de las ayudas (Anexo “Memoria Técnica”), hasta 80 puntos
- Valoración específica según lo previsto en cada tipo de ayuda. Los criterios de evaluación para cada tipo de ayuda se detallan en el capítulo correspondiente.
Deberá tratarse de proyectos locales que tengan alguna de las siguientes características:
- Un valor diferencial respecto al mercado o la sociedad actual
- Un uso intensivo en tecnología, conocimiento y/o innovación
- Proyectos de I+D
- Productos y/o servicios nuevos y útiles
- Procesos o modelos de negocio más eficaces que los existentes y generen un impacto mayor en el desarrollo socioeconómico de nuestra ciudad.
- Proyectos que incorporen perfiles cualificados y que desarrollan nuevos perfiles profesionales de alto valor añadido.
La evaluación de los proyectos se realizará conforme a los siguientes criterios de valoración:
1. Calidad científico-técnica y de innovación de los proyectos
50
2. Viabilidad e impacto económico y rentabilidad del plan de negocio de la empresa:
30
TOTAL PUNTUACIÓN PROYECTO
80
La puntuación mínima requerida para que un proyecto sea admitido y pase a la evaluación de la ayuda correspondiente, será de 60 puntos en su valoración general, por lo que quedarán excluidas las solicitudes que obtengan una puntuación interior a esta puntuación mínima requerida.
Para que la solicitud de ayuda Ekinn Talent sea aprobada, será necesaria la obtención de una puntuación mínima de 15 puntos en la valoración específica Ekinn Talent que se indica a continuación.
Valoración técnica de la propuesta del empleo generado Calidad de la propuesta de empleo: duración, acogida, seguimiento, desarrollo interno, posibilidad de desarrollo de las competencias de la persona contratada y proyección y sostenibilidad del puesto de trabajo y de la persona contratadaOtras medidas que ayuden a fidelizar a las personas y/o a la conciliación laboral y personal: salariales, formación especializada, promoción interna, flexibilidad horaria, etc. Total puntuación 20
El plazo para emitir la resolución de la ayuda solicitada será de cuatro meses desde el cierre de la convocatoria
- ¿CUÁL ES EL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN Y ABONO DE LA AYUDA?
El abono de las ayudas se efectuará en dos pagos.
El primero de ellos (70% sobre la cuantía concedida) se realizará tras la presentación de la documentación requerida.
El plazo de presentación de esta documentación será:
- Las contrataciones realizadas antes de la fecha de la resolución de la ayuda, tendrán un mes máximo de plazo para presentar la documentación mencionada a partir de la fecha de dicha resolución.
- Las contrataciones realizadas después de la fecha de resolución de la ayuda, tendrán un plazo de un mes máximo para presentar la documentación mencionada a partir de la fecha de la contratación.
El segundo de los pagos (30% restante) se efectuará tras la justificación final de la contratación realizada y tras la presentación de la documentación referida.
El plazo de presentación de esta documentación será:
- Trascurrido el periodo subvencionable del contrato, es decir, 6 meses desde la fecha de inicio del contrato, se dispondrá de un plazo máximo de dos meses.
- En caso de que el periodo subvencionable ya esté finalizado a la fecha de dicha comunicación se dispondrá de un plazo máximo de dos meses desde la misma.