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Ayudas a empresas ubicadas en tramos afectos a las obras de construcción del nuevo topo de San Sebastián de las calles San Bartolomé, Easo y San Martin 2025

 

Es objeto de estas ayudas es apoyar la consolidación económica y del empleo de las actividades económicas ubicadas próximas a las obras de construcción del nuevo Topo de San Sebastián en determinados tramos de las calles San Bartolomé, Easo y San Martín de San Sebastián.

  • ¿QUIÉN PUEDE RECIBIR ESTA AYUDA ?

    las personas físicas o jurídicas, así como las agrupaciones sin personalidad jurídica de las anteriores, que a fecha de solicitud sean titulares de un establecimiento comercial a pie de calle de alta en la sección 1ª del Impuesto de Actividades Económicas y que esté ubicado en alguna de las siguientes direcciones:

    TRAMO EASO

    • Calle Easo: portales del 1 al 19 (incluidos) y del 2 al 10 (incluidos).
    • Calle Arrasate: portales 47-49 y 46-48.
    • Calle Zubieta: portales 1, 1E, 2.
    • Plaza de Zaragoza: portal 1.

    TRAMO SAN MARTÍN

    • Calle Urbieta: portales 13 y 15.
    • Calle San Martín: portales del 20 al 32 (incluidos) y del 19 al 21 (incluidos).
    • Calle Loiola: portales del 10 al 14 (incluidos) y del 17 al 23 (incluidos).
    • Calle Hondarribia: portales 24 y 26.
    • Plaza Buen Pastor: portales del 2 al 10 (incluidos) y del 1 al 7 (incluidos).

    TRAMO SAN BARTOLOMÉ

    • Calle San Bartolomé: portales del 3 al 11 (incluidos) y del 4 acc al 12 acc (incluidos).
    • Calle Easo: portales del 27 al 37 (incluidos).
  • ¿CUAL ES EL IMPORTE DE LA AYUDA ECONÓMICA Y QUÉ GASTOS SE SUBVENCIONAN?

    El importe máximo de la ayuda será de 550 euros y los conceptos subvencionables son los siguientes:

    • Importe de la cuota líquida del Impuesto de Bienes Inmuebles (en adelante, IBI) del ejercicio 2025, correspondiente al local donde realiza la actividad siempre que atienda a lo señalado en el art. 4.
    • Parte fija de los recibos de agua (excluido el consumo), y recibos de basuras y alcantarillado; emitidos ambos por el Ayuntamiento de San Sebastián durante el ejercicio 2025 para dicho local de actividad indicado en al art. 4.

    Esta ayuda será concedida al titular de la actividad económica, independientemente que los recibos de IBI, agua y basuras sean abonados por el propietario en su condición de arrendador del local.

  • ¿ CUÁNDO y CÓMO SE SOLICITA?

    Las solicitudes de ayuda se podrán presentar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el cierre de la convocatoria que se producirá el 18 de diciembre de 2025 o hasta agotar los recursos económicos destinados a esta ayuda.

    Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática a través de la web de Fomento de San Sebastián (www.fomentosansebastian.eus). Tienes el enlace en esta misma página.

 

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