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Ayudas a la contratación de personas desempleadas participantes en itinerarios específicos para la mejora de su empleabilidad

 
 

Ayudas para favorecer la inserción laboral de personas desempleadas en situación de vulnerabilidad o exclusión social que vayan a ser contratadas en empresas que desempeñen su actividad en los sectores Sociosanitario, Hotelería y Hostelería, con centro de actividad ubicado el término municipal de San Sebastián en el año 2023.

  • ¿A QUIÉN VAN DIRIGIDAS ESTAS AYUDAS?

    Estas ayudas están dirigidas a empresas locales, esto es personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, con centro de trabajo y actividad económica ubicada en el término municipal de San Sebastián.

    Podrán resultar beneficiarias todas aquellas fundaciones, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que desempeñen su actividad en el sector sectores Sociosanitario, Hotelería u Hostelería cuyos sectores de actividad están recogidos en el listado Anexo I “Listado de epígrafes de IAE”de las Bases Reguladoras.

  • ¿QUÉ REQUISITOS TIENE QUE CUMPLIR LA PERSONA DESEMPLEADA?

    Las personas desempleadas que vayan a ser contratadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-SVE (Servicio Vasco de Empleo). La fecha de inscripción será anterior al día de inicio de la relación laboral. No se tendrán en cuenta como cumplimiento de este requisito las personas que están inscritas en Lanbide en la condición de “Solicitantes de servicios”.
    2. No deben estar en situación de alta como trabajadores en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social, como mínimo desde el día anterior al inicio de la relación laboral.
    3. Deberán estar empadronadas en San Sebastián con fecha anterior al inicio de la contratación, como mínimo el día anterior al inicio de la relación laboralad de San Sebastián, que por cualquier motivo se hayan interrumpido.
    4. Las personas contratadas deberán haber superado y obtenido un Certificado Profesional homologado por Lanbide-SVE que sea acorde con la actividad de la persona beneficiaria en alguno de las siguientes especialidades:
      1. Servicios socioculturales y a la comunidad

    a.1. (SSCS0208) - Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales

    a.2. (SSCM0108) - Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales

      1. Hosteleria y turismo

    b.1. (HOTA0108) - Operaciones básicas de pisos en alojamientos

    b.2. (HOTR0108) - Operaciones básicas de cocina

  • ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DEL EMPLEO?
    • La fecha de inicio del contrato laboral debe ser entre el día 01 de junio de 2023 y el 31 de octubre de 2023.
    • Las contrataciones serán de una duración mínima de 3 meses y una jornada laboral mínima de 50%.
    • El contrato a subvencionar deberá cumplir periodos de ejecución y jornada mínimos continuos de al menos 3 meses de duración y una jornada laboral mínima de 50%, tal y como se recoge en el ARTÍCULO 5.
    • La contratación deberá mantenerse durante el periodo y jornada mínima subvencionada.
  • ¿A QUIÉNES SE CONSIDERA PERSONAS DESEMPLEADAS PERTENECIENTES A COLECTIVOS Y NO COLECTIVOS?

    Las contrataciones que se realicen a personas desempleadas pertenecientes colectivos deberán cumplir la pertenencia a alguna de las siguientes tipologías:

    • Personas desempleadas de larga duración: las inscritas en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo durante los 18 meses anteriores a la contratación, siempre que en ese periodo hayan estado en situación de desempleo al menos 12 meses.
    • Mujeres.
    • Personas mayores de 45 años a fecha de inicio de contrato.
    • Perceptores/as titulares o beneficiario/as de RGI.
    • Menores de 35 años a fecha de inicio de contrato.

    Contrataciones a personas desempleadas NO pertenecientes a colectivos.

    Las contrataciones que se realicen a personas desempleadas NO pertenecientes a colectivos deberán cumplir estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-SVE (Servicio Vasco de Empleo). La fecha de inscripción será anterior al día de inicio de la relación laboral.

  • ¿CUÁLES SON LAS CUANTÍAS DE LAS AYUDAS?

    La ayuda base será de SEIS MIL (6.000,00) EUROS por cada contrato de trabajo con una duración igual o superior a 6 meses a jornada completa o contrato indefinido a jornada completa realizado a una persona que haya superado y obtenido un Certificado Profesional en alguna de las familias profesionales de “Hostelería y turismo” y “Servicios socioculturales y a la comunidad” pertenecientes a Sociosanitario, Hotelería y Hostelería cuyos sectores de actividad estén recogidos en el listado Anexo I “Listado de epígrafes de IAE”. La subvención (el límite máximo de ayuda) de las contrataciones de duraciones superiores a 3 meses y a tiempo parcial será proporcional a la jornada trabajada y duración de contrato no pudiendo ser esta jornada inferior al 50%.

    La ayuda se incrementará un 10% adicional (Máximo 6.600 €) cuando la persona que se contrate pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

    • Personas desempleadas de larga duración: las inscritas en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo durante los 18 meses anteriores a la contratación, siempre que en ese periodo hayan estado en situación de desempleo al menos 12 meses.
    • Mujeres.
    • Personas mayores de 45 años a fecha de inicio de contrato.
    • Perceptores/as titulares o beneficiario/as de RGI.

    Menores de 35 años a fecha de inicio de contrato.

  • ¿CÓMO SE ABONAN ESTOS PAGOS?

    El abono de las ayudas se efectuará de la siguiente manera:

    Un único pago que se realizará tras la justificación de la contratación subvencionada.

    El plazo máximo de presentación de la justificación final será de 60 días naturales a contar desde la finalización del periodo objeto de subvención. Este plazo se incluirá en la resolución emitida tras la solicitud. En el caso de las bajas anticipadas (descritas en el artículo 6) El plazo máximo de presentación de la justificación final será de 60 días naturales desde la fecha real de la finalización del contrato.

    En caso de no cumplir los plazos de justificación establecidos la ayuda será denegada.

  • ¿CUÁNTOS SON LOS FONDOS DESTINADOS A LAS PRESENTES AYUDAS?

    Fomento de San Sebastián destinará a estas ayudas la cuantía de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000€) EUROS.

  • ¿CUÁNTAS AYUDAS PUEDO SOLICITAR?

    Se podrán otorgar tres ayudas por cada persona beneficiaria

  • ¿QUÉ TENGO QUE TENER EN CUENTA EN CUANTO A LA SOLICITUD?

    El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de estas bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG) y hasta agotar los recursos económicos destinados a esta ayuda (en cuyo caso, dicho agotamiento se publicará en la web de Fomento de San Sebastián) o, en otro caso, hasta el cierre de la convocatoria, que se producirá el 31 de diciembre 2023.

    * (Fomento San Sebastián se reserva el derecho a ampliar plazo si una vez alcanzada la fecha de cierre de la convocatoria, si siguiese habiendo fondos económicos disponibles y/o FSS lo considerase oportuno).

    Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática a través de la web de Fomento de San Sebastián (www.fomentosansebastian.eus).

    Los anexos deberán cumplimentarse en su totalidad y deberán estar debidamente firmados.

  • ¿CÓMO SERÁ LA TRAMITACIÓN Y LA RESOLUCIÓN?

    Las solicitudes serán evaluadas y resueltas por orden de registro hasta agotar los recursos económicos.

    El plazo para emitir la resolución de la ayuda solicitada será de seis meses desde la fecha de registro de la solicitud, sin contar dentro de dicho plazo los periodos de subsanación de la documentación administrativa, en los que los plazos quedarán suspendidos. La no emisión de la resolución del otorgamiento de la ayuda en el plazo estipulado no supondrá la concesión de esta.

    La no emisión de la resolución del otorgamiento de la ayuda en el plazo estipulado no supondrá la concesión de la misma.