Programa de impulso a la creación, crecimiento y consolidación de nuevas iniciativas empresariales innovadoras en la ciudad de San Sebastián.
El objeto de estas ayudas es promover y desarrollar, en colaboración con VICOMTECH, proyectos con componente tecnológico promovidos por empresas y personas emprendedoras locales, a través de la transferencia tecnológica y del conocimiento desarrollado en VICOMTECH.
Se pretende de esta manera, seguir apoyando los proyectos innovadores locales, tanto para su puesta en marcha, crecimiento y consolidación en el mercado, como para la mejora competitiva y el fortalecimiento en el posicionamiento de las empresas que conforman el tejido económico de la ciudad.
Vicomtech es un centro de investigación aplicada especializado en las tecnologías de Interacción Avanzada, Visión Artificial, Inteligencia de Datos, Gráficos por ordenador y Tecnologías del Habla y del Lenguaje Natural, siendo una de sus principales misiones la de responder a las necesidades de Investigación Aplicada, Desarrollo e Innovación Tecnológica de las empresas e instituciones de nuestro entorno en los ámbitos indicados, mejorando su competitividad, así como el desarrollo económico y la calidad de vida de nuestra Sociedad.
- ¿A QUIÉN VAN DIRIGIDAS ESTAS AYUDAS?
a) Persona física que desarrolle una actividad económica a título lucrativo o sea persona jurídica.
En el caso de ser persona jurídica, o agrupación sin personalidad jurídica o física, se deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
Que cumpla la condición de pequeña empresa en el momento de la solicitud. Se entenderá como pequeña empresa aquélla que cumpla los requisitos de acuerdo con la regulación que de ello realiza el art.º 13. de la norma foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico Gipuzkoa:
- Que lleve a cabo una explotación económica.
- Que su activo o su volumen de operaciones, tal y como se define en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, no supere los DIEZ (10) millones de euros.
- Que el promedio de su plantilla no alcance las 50 personas empleadas.
- Que no se hallen participadas directa o indirectamente en un 25 por 100 o más por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos, excepto que se trate de sociedades o fondos de capital riesgo a los que resulte de aplicación el régimen especial establecido en el Capítulo IV de la citada Norma Foral.
Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades conforme al artículo 42 del Código de Comercio, la magnitud de la plantilla indicada, se referirán al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo
b) Que esté constituida válidamente en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y que lleve a cabo una explotación económica dirigida a mercado.
Excepcionalmente, podrán ser beneficiarias, además, las personas físicas en proceso de constitución de una empresa.
c) Que tenga centro de trabajo en San Sebastián, en el que se desarrollen las actividades subvencionadas.
d) Que se trate de un proyecto local, y que el desarrollo del proyecto tecnológico sea para el centro o establecimiento ubicado en San Sebastián.
e) Que presenten proyectos innovadores o de I+D+i y un modelo de negocio escalable. Serán proyectos de empresas y/o entidades de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
No podrán tener la condición de persona beneficiaria:
- Las Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro.
- Las entidades dependientes o participadas en más de un 25% por entidades sin ánimo de lucro, por sociedades patrimoniales, por Colegios Profesionales, y/o por entidades pertenecientes al Sector Público.
Excepcionalmente, sí podrán tener la condición de persona beneficiaria las entidades que, aun encontrándose en el supuesto descrito en este apartado, cumpla alguna de las siguientes condiciones:
- Que la entidad de la que dependen o que les participa en más de un 25%, sea miembro de la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación (RVCTI).
- Que la propia entidad solicitante sea miembro de la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación (RVCTI), regulada por el Decreto 109/2015 de 23 de junio.
- ¿CUAL ES LA CUANTÍA DE LA AYUDA Y QUÉ SE SUBVENCIONA?
En función del desarrollo del proyecto y del servicio solicitado, se plantean los siguientes tipos de bonos y cofinanciaciones
Valor del bono hasta (IVA no incluido)
- Cofinanciación
8.000 €
- Fomento 70%
- Vicomtech 30%
14.500 €
- Fomento 55%
- Vicomtech 35%
- Empresa / emprendedor/a deberá abonar el 10% del valor del bono
La persona beneficiaria del bono tecnológico deberá asumir el IVA correspondiente.
Si bien la persona solicitante del bono podrá proponer el tipo de bono que quiere solicitar, será el centro tecnológico, junto con Fomento de San Sebastián, quienes decidan/propongan el tipo de bono.
El tipo de bono a conceder se determinará en el momento de notificar a la persona beneficiaria la concesión del Bono.
- ¿CUÁL ES EL CATÁLOGO DE SERVICIOS AVANZADOS DE VICOMTECH?
A modo de ejemplo se indica qué tipología de servicios podrían ser solicitados por las personas beneficiarias.
Ejemplo 1: empresa que tiene desarrollos tecnológicos en marcha y puede requerir ayuda en alguna de las fases. Por ejemplo:
La empresa tiene un producto (por ejemplo, una aplicación software) y quiere mejorar un módulo (por ejemplo, automatizar un proceso manual) o generar uno nuevo (por ejemplo, un nuevo módulo de explotación y visualización de datos). La empresa podría conseguir a través del programa Bono Tecnológico fondos para sufragar, en función de la envergadura del proyecto, desde la resolución de dudas técnicas, análisis de viabilidad técnica, asesoría tecnológica de arquitectura, Monitorización y acompañamiento general durante el desarrollo del código de la aplicación, hasta el desarrollo del propio módulo o integración de sus mejoras.
Ejemplo 2: la persona emprendedora que tiene una idea de producto/servicio y que quiere tener un análisis sobre la viabilidad técnica del producto. Por ejemplo:
La persona emprendedora X tiene una idea de producto/servicio tecnológico (por ejemplo, indicador de plazas libres para aparcar en una calle) y no sabe qué tecnología utilizar ni si la solución estaría dentro del rango de precios que aceptaría el mercado. La persona emprendedora podría conseguir a través del programa Bono Tecnológico fondos para sufragar un análisis de viabilidad técnica del producto. Éste consistiría en los siguientes puntos:
- Estudio del problema o necesidad y análisis de los requisitos funcionales
- Análisis y evaluación de soluciones tecnológicas alternativas. Identificación de tecnologías clave para que el producto desarrolle las funciones requeridas
- Análisis coste-beneficio valorando ventajas, costes asociados y riesgos (baldosas con RFIDs asociados a farolas, visión artificial, ...)
- Establecimiento de estrategia y plan de desarrollo tecnológico, definición de prototipo mínimo viable y próximos pasos para su consecución.
Ejemplo 3: empresa/persona emprendedora que desea explorar las oportunidades de incorporar tecnologías de ámbitos emergentes (Big Data-Analytics, Internet of Things-Wearables, Impresión 3D) a sus productos o procesos. Por ejemplo:
La empresa quiere analizar posibilidades de renovación de su negocio a partir de nuevas aplicaciones de tecnologías emergentes IoT en su producto (por ejemplo, explorando posibilidades de añadir nuevas funcionalidades a artículos domésticos, de iluminación, ... mediante interconexión entre ellos y con internet). La empresa podría conseguir a través del programa Bono Tecnológico fondos para sufragar la elaboración de un mapa de oportunidades de incorporación de tecnologías emergentes a su producto/proceso específico incluyendo los siguientes puntos:
- Análisis de los escenarios de tecnologías emergentes relevantes en relación con el producto/proceso de la empresa explorando referencias de casos próximos.
- Identificación de posibilidades concretas y selección de oportunidades.
- Evaluación de viabilidad técnica y análisis coste-beneficio.
VICOMTECH CATÁLOGO DE SERVICIOS
SERVICIOS EN TECNOLOGIAS TEIC
Software: Pruebas de Concepto, Diseño de arquitecturas SW, análisis de prototipado rápido o viabilidad de aplicaciones de:
- Inteligencia Artificial (Machine Learning, Deep Learning…)
- Tecnologías de imagen, visualización, computación y análisis inteligente de datos e interacción persona-máquina en los sectores clínico, socio-sanitario, biotecnológico y farmacéutico
- Generación de modelos predictivos y sistemas de soporte a la decisión para la prevención, estratificación y predicción del pronóstico de las enfermedades.
- Integración y armonización de datos heterogéneos de salud, análisis de datos ómicos y su procesamiento a gran escala (Big Data) para la implementación de la Medicina Personalizada.
- Pruebas de concepto 5G en entornos industriales o asociados a nuevos modelos de movilidad o gestión e infraestructuras
- Gestión de contenidos multimedia (distribución de baja latencia de contenido audiovisual en tiempo real, algoritmos para la maximización de la calidad de experiencia QoE y optimización de costes en distribución)
- Tecnologías de interacción con servicios multimedia (visualización e interacción de contenido 3D Media que incluya vídeo, audio, vídeos onmidireccionales y 3D; y orquestación de servicios multi-pantalla)
- Sistemas de traducción automática
- Sistemas de reconocimiento del lenguaje y transcripción
- Sistemas de procesado automático del lenguaje natural en grandes cantidades de texto
- Sistemas de explotación de grandes cantidades de datos
- (Big Data, Data Intelligence, Visual Analytics) y generación de modelos predictivos para energía y procesos industriales
- Aplicaciones de visión artificial en tiempo real
- Aplicaciones de Realidad Aumentada y Realidad Virtual aplicada
- Simulaciones (Digital Twin, Modelado Biomecánico basados en imagen)
- Ciberseguridad para la detección de comportamientos anómalos y maliciosos en sistemas de información y redes de comunicaciones tanto tradicionales como industriales.
- Ciberseguridad para la búsqueda de debilidades en sistemas de transacciones, modelos de aprendizaje automático o aplicaciones de software.
SERVICIOS EN DISEÑO DE PRODUCTO
- Integración de algoritmia en HW dedicado y/o de bajo procesamiento (i.MX, arquitecturas ARM, procesamiento en GPU, etc.)
- ¿CÓMO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de estas Bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG) y hasta agotar los recursos económicos, o, en otro caso, hasta el cierre de la convocatoria, el 30 de octubre de 2024.
Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática a través de la web de Fomento de San Sebastián (www.fomentosansebastian.eus).
Para cualquier información o consulta se atenderá en el teléfono 943 482800 o en el email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando como asunto: “Ayudas Crecimiento 2024”
Junto con el impreso de solicitud correspondiente se adjuntará toda la documentación administrativa requerida, así como la documentación técnica y económica.
La documentación que se ha de presentar será (artículo 8):
- Documentación administrativa
-
Memoria descriptiva técnica (Anexo “Memoria Técnica”)
La memoria técnica describirá el proyecto innovador a desarrollar, así como los gastos a incurrir y su impacto en el crecimiento de la empresa. Contendrá información técnica y económica y debe mostrar los aspectos técnicos, científicos y de innovación, económico-financieros, plan de negocio y explotación comercial del proyecto. Incluirá el diseño global del proyecto (desarrollo de las fases, tareas, responsables, cronograma, indicadores de resultado) e indicará claramente el estado en el que se encuentra.
Y además, la documentación específica de la ayuda Bonos Tecnológicos:
Memoria específica del desarrollo tecnológico: Anexo: “Guion Memoria específica bonos tecnológicos”: Contendrá, al menos, la siguiente información:
- Descripción de los servicios requeridos al Agente I+D+i identificando al centro preferente y las tecnologías necesarias del Catálogo de Capacidad y justificando la necesidad de los mismos.
- Descripción de equipo de trabajo vinculado al proyecto y que realizará las labores de contacto con el centro tecnológico
- Cronograma de trabajo previsto
- Experiencias previas mantenidas con centros tecnológicos.
Si quién solicita es persona física (previo a la constitución de empresa), deberá presentar además un plan de empresa con la siguiente información.
- Socios/as clave: Presentación de las personas promotoras del proyecto.
- Actividades clave: Detalle de las actividades a desarrollar
- Propuesta de valor: Detalle de la ventaja planteada
- Segmento de clientes: Información sobre clientes objetivo y forma de captación.
- Estructura de costes: Previsión de estructura de costes
- Fuente de ingresos prevista: Previsión de modelo de ingresos
- Compromiso de que el centro o establecimiento en el que se desarrollará el proyecto estará ubicado en San Sebastián.
- ¿CÓMO ES EL PROCESO DE SELECCIÓN?
Las solicitudes serán evaluadas y resueltas por orden de registro de entrada hasta agotar los recursos económicos.
Todos los proyectos presentados serán evaluados de la siguiente manera:
- Valoración general sobre el proyecto para el conjunto de las ayudas (Anexo “Memoria Técnica”), hasta 80 puntos
- Valoración específica según lo previsto en cada tipo de ayuda. Los criterios de evaluación para cada tipo de ayuda se detallan en el capítulo correspondiente.
Deberá tratarse de proyectos locales que tengan alguna de las siguientes características:
- Un valor diferencial respecto al mercado o la sociedad actual
- Un uso intensivo en tecnología, conocimiento y/o innovación
- Proyectos de I+D
- Productos y/o servicios nuevos y útiles
- Procesos o modelos de negocio más eficaces que los existentes y generen un impacto mayor en el desarrollo socioeconómico de nuestra ciudad.
- Proyectos que incorporen perfiles cualificados y que desarrollan nuevos perfiles profesionales de alto valor añadido.
La evaluación de los proyectos se realizará conforme a los siguientes criterios de valoración:
1. Calidad científico-técnica y de innovación de los proyectos
50
2. Viabilidad e impacto económico y rentabilidad del plan de negocio de la empresa:
30
TOTAL PUNTUACIÓN PROYECTO
80
La puntuación mínima requerida para que un proyecto sea admitido y pase a la evaluación de la ayuda correspondiente, será de 60 puntos en su valoración general, por lo que quedarán excluidas las solicitudes que obtengan una puntuación interior a esta puntuación mínima requerida.
Para que la solicitud de ayuda Bono Tecnológico sea aprobada, será necesaria la obtención de una puntuación mínima de 15 puntos en la valoración específica que se indica a continuación.
Valoración específica del bono tecnológico
1. Ajuste de los servicios solicitados en el proyecto presentado
6
2. Probabilidad de consecución de los resultados previstos tras los servicios técnicos recibidos
7
3. Grado de absorción de la tecnología de la empresa: adecuación del equipo, experiencias previas de trabajo con centros tecnológicos
7
Valoración específica del bono tecnológico
20 puntos
Una vez que la solicitud haya sido aprobada, el Centro tecnológico y de investigación elaborará un presupuesto y se procederá a una fase de negociación entre las tres partes implicadas (persona beneficiaria, Centro tecnológico y de investigación y Fomento de San Sebastián) para dimensionar y definir el alcance de los servicios avanzados que se ofrecerá la ayuda de Bono Tecnológico.
Tanto la dimensión final del proyecto definido para la ayuda de Bono Tecnológico como el importe aprobado en el presupuesto serán detallados claramente en la resolución final que recibirá la persona beneficiaria.
El plazo para emitir la resolución de la ayuda solicitada será de cuatro meses desde el cierre de la convocatoria.
- ¿CUÁL ES EL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN Y ABONO DE LA AYUDA?
El plazo máximo para realización de la prestación del servicio del Bono Tecnológico será el 31 de agosto de 2025
Una vez finalizada la prestación del servicio y en el plazo máximo de 1 mes desde la finalización del mismo, la entidad beneficiaria procederá a presentar la documentación requerida.