Ayudas económicas para emprender en San Sebastián

Emprender es un proceso complejo y lleno de retos. En este camino, te apoyamos también económicamente para que emprender en San Sebastián te resulte más fácil.

Ayudas a la creación de nuevas empresas 2022

 

¿Has decidido trabajar por tu cuenta o montar un negocio en San Sebastián? Si es así, te ofrecemos hasta 4.000 € para crear tu empresa. Las personas con más dificultades para acceder al mercado laboral tendrán mayores ayudas. Lee atentamente todas las bases.

 

  • ¿QUIÉN PUEDE RECIBIR ESTAS AYUDAS?

    Las empresas creadas en el año 2022, tengan su domicilio fiscal en San Sebastián y hayan generado como mínimo una nueva alta en la Seguridad Social.

  • ¿CUÁL ES EL PLAZO PARA SOLICITAR LA AYUDA?

    Si diste de alta a tu empresa en el IAE antes de que se publicaran estas ayudas, tendrás 2 meses de tiempo para presentar la solicitud. En cambio, si tu empresa se ha creado después de la publicación, tu referencia será la fecha de alta en IAE y tendrás 2 meses de tiempo desde esa fecha y siempre antes del 31/12/2022.

  • ¿PARA QUÉ SON ESTAS AYUDAS Y QUE PRETENDEN?

    Esta convocatoria de ayudas apoya a aquellas empresas creadas en San Sebastián y que hayan generado nuevos puestos de trabajo tanto por cuenta propia, autónomos, como por contratación y especialmente a aquellas empresas que hayan desarrollado sus proyectos a través de los servicios y programas de Fomento de Sebastián. Estas ayudas promueven la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y favorecen la integración de colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado laboral.

    Por este motivo, recibirás un apoyo especial si tu empresa:

    • Ha participado en alguno de los servicios y/o programas de emprendimiento de Fomento de San Sebastián.
    • Está promovida por mujeres, personas mayores de 45 años o menores de 35.
    • Ocupa un local comercial a pie de calle en zonas con mayor número de locales vacíos en la ciudad.
    • Está ubicada en alguno de los centros empresariales de Fomento de San Sebastián.
    • Esté participando en la plataforma DSS Market Plaza.
    • Es un proyecto empresarial innovador.
  • ¿QUÉ GASTOS SE SUBVENCIONAN?

    Se subvencionan los gastos que hagas para poner en marcha tu empresa. El importe máximo de la ayuda es de 4.000 € por empresa.

    Los gastos para los que puedes recibir ayuda son los necesarios para crear tu empresa y echar a andar en los primeros meses. Para poder recibirla tienes que hacer el pago o la compra entre 2 meses antes de darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y hasta 12 meses después del alta.

    Algunos de los gastos para los que tienes subvención son:

    • Inversiones. Si has comprado algo mediante leasing, serán subvencionables las cuotas sin intereses.
    • La compra de vehículos, cuando pruebes que son para tu actividad económica.
    • Las obras para acondicionar o rehabilitar el local de tu empresa.
    • Los gastos para constituir la empresa (licencias de apertura, licencias de actividad, gastos de notaria y registro mercantil, así como otras tasas obligatorias para la puesta en marcha del negocio).
    • Los gastos para tramitar y obtener patentes, modelos de utilidad, marcas y diseños industriales.
    • Los gastos de formación ligados a la propia actividad o para mejora de capacidades.
    • El pago de tus cuotas de autónomo a la Seguridad Social.
    • Las nominas y seguros sociales de tus empleados/as.
    • Los gastos de comunicación de tu proyecto. Aquí puedes incluir campañas de publicidad, diseño de páginas web, diseño de redes sociales…
    • La compra de empresas existentes para continuar su actividad.
    • El alquiler de inmuebles para tu actividad económica. No se aceptan contratos de alquiler si el/la propietario/a eres tú o tu socio/a ni un familiar tuyo o suyo hasta 2º grado (padre/madre; suegro/a; hijo/a; yerno/nuera; abuelo/a; hermano/a; nieto/nieta; cuñado/a).

    En cambio, estos gastos NO reciben subvención:

    • Productos comerciales o materias primas para elaborar tus productos que vas a comercializar ni productos para elaborar o producir muestras.
    • Material de oficina.
    • Suministros (luz, agua…).
    • Gastos de desplazamiento y alojamiento o cualquier tipo de dieta.
    • Asesoramiento fiscal, laboral, contable, jurídico o administrativo para llevar los libros y las obligaciones fiscales y contables del día a día.
    • El IVA o el resto de impuestos indirectos.
    • Fianzas o depósitos, gastos de avales, ni gastos de agencias inmobiliarias, en el caso de alquileres.

    Ten en cuenta que para la justificación no se tendrán en cuenta las facturas y documentos inferiores a 100 euros sin impuestos.

    En el caso de las cuotas de autónomos sí se subvencionan con independencia a su importe. Y solo se admitirán justificantes de pagos realizados con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria o recibo por domiciliación. No se admitirán pagos en metálico ni a través de Bizum o herramienta/aplicación similar que pudiera aparecer en el mercado.

  • ¿QUÉ AYUDAS PUEDO RECIBIR?

    Habrá dos importes de ayuda base para las empresas creadas el año 2022:

    • 1500€ para las empresas que hayan trabajado sus proyectos en los servicios y/o programas de Fomento de San Sebastián completando los itinerarios propuestos.
    • 750€ para el resto de las empresas.

    Será Fomento de San Sebastián quien compruebe la participación de la empresa creada o de sus promotores/as en dichos servicios y programas.

    También podrás beneficiarte de algunos incrementos si cumples algunos requisitos:

    • 250 €, si eres mujer emprendedora (o tienes una socia) o si tú o tu socio/a pertenecéis a un colectivo con mayores dificultades de acceso al mercado laboral (mayor de 45 años o menor de 35 años.
    • 1250 €, si tu local comercial está en el Distrito Este (Alza, Intxaurrondo y Miracruz-Bidebieta), Egia, Loyola, Martutene, Amara Berri y el entorno de San Bartolomé (San Bartolomé, General Lersundi, Marina, Blas de Lezo, Triunfo, Manterola, Zubieta y San Martín a partir de los números 35 acc hasta el 61 en lado de los impares y desde el nº46 hasta el 68 en el lado de los pares) o tu empresa está situada en alguno de los centros empresariales de Fomento de San Sebastián.
    • 250€ si tu empresa ha apostado por la venta digital y está en la plataforma DSS Market Plaza con un mínimo de 10 productos con stock.
    • 750 €, si tu empresa tiene un proyecto que se considera innovador (según los criterios establecidos).

    Estos incrementos se pueden acumular hasta un importe máximo de 4.000 € y solo se puede presentar una solicitud por empresa.

  • ¿QUÉ REQUISITOS TIENGO QUE CUMPLIR PARA RECIBIR ESTA AYUDA?

    Para participar en la convocatoria tienes que cumplir estos requisitos:

    • Que el domicilio fiscal de tu actividad y tu centro de trabajo estén en San Sebastián. Si eres persona física o una sociedad civil podrás tener un domicilio social y fiscal diferente siempre que exista evidencia suficiente de que tu actividad la realizas en San Sebastián.
    • Que crees tu empresa y la des de alta en el Impuesto de Actividades Económicas o en la declaración censal (actividades ganaderas, agrícolas, forestales, pesqueras etc) entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.
    • Que tú o tu empresa no se hayan estado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la misma o similar actividad, en los seis meses anteriores a la creación de la empresa por la que solicitas esta ayuda.
    • Que tu empresa no surja a partir del cambio de la forma jurídica de una empresa que ya existía.
    • Que entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 se produzca al menos un alta nueva en la Seguridad Social.
    • Que antes de constituir la empresa tú o tu socio/a hayáis completado la formación de Fomento San Sebastián. Aunque si acreditas que conoces tu modelo de negocio (ya sea por tus estudios o formación, tu experiencia o porque ya tienes un Plan de Empresa) Fomento San Sebastián puede declarar que no necesitas realizar esta formación. El Plan de Empresa tendrá que identificar, como mínimo, al equipo promotor, describir la idea de negocio, el análisis de mercado, DAFO, propuesta de valor, estrategia comercial, gastos, inversiones, umbral de rentabilidad y financiación.
    • Si eres una persona jurídica tendrás que cumplir lo siguiente:
      1. Que tu activo no pase de 10 millones de euros, o que tu volumen de operaciones no supere los 10 millones de euros.
      2. Que tu plantilla promedia no llegue a 50 personas (para calcular el promedio se considerarán los trabajadores por año a jornada completa).
      3. Que no esté participada directa o indirectamente en un 25 % o más por empresas que no reúnan alguno de los requisitos previstos en estos dos puntos anteriores.
    • Si la entidad forma parte de un grupo de sociedades conforme al artículo 42 del Código de Comercio, el activo y la plantilla promedio se referirán al conjunto de las entidades que pertenecen al grupo. Para computar el activo total y el volumen de operaciones, se tienen en cuenta las eliminaciones que procedan de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Código de Comercio y sus normas de desarrollo.
  • ¿CÓMO Y CUÁNDO PUEDO PRESENTAR MI SOLICITUD?

    Si diste de alta a tu empresa en el IAE antes de que se publicaran estas ayudas, tendrás 2 meses de tiempo para presentar la solicitud. En cambio, si tu empresa se ha creado después de la publicación, tu referencia será la fecha de alta en IAE y tendrás 2 meses de tiempo desde esa fecha y siempre antes del 31/12/2022.

    Las solicitudes se atienden por orden de registro hasta agotar la partida.

    Debes presentar tu solicitud a través de esta página web junto con los anexos totalmente cumplimentados y firmados. Aquí tienes una relación de los anexos que tienes que presentar:

     

    ANEXOS

    1

    Solicitud (Requiere firma electrónica)

    2

    Datos bancarios de la empresa solicitante sellado por la entidad bancaria o documento bancario equivalente (certificado de titularidad).

    3

    Memoria Financiera acompañado de facturas y justificantes de pago.

    4

    Memoria Proyecto Innovador (solo en caso de solicitar dicho incremento)

     

     

    DOCUMENTOS DE LA EMPRESA

    5

    CIF de la empresa solicitante

    6

    Si es persona jurídica, escritura o documentos de constitución, los Estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

    7

    Si eres Sociedades Civiles sin personalidad jurídica propia, se incluirá el contrato privado sellado por Hacienda Foral.

    8

    Documentación que acredita que la empresa está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    9

    Copia de las facturas y justificante del pago de las mismas, conforme a lo estipulado en el artículo 5. (Estos documentos podrán ser presentados en el momento de la solicitud o bien en el momento de la justificación).

    10

    Copia del contrato de las personas contratadas con contrato indefinido en aquellos casos en los que el requisito de la generación de empleo se deba a contratación de personal ligado a la empresa.

     

     

    DOCUMENTOS DE PERSONAS SOCIAS

    11

    DNI de la persona solicitante y del resto de socios/as que opten a la ayuda

    12

    Vida laboral del promotor/a que opta a la ayuda y que cumple el requisito de generación de empleo o copia de alta en la Mutualidad correspondiente en el caso de profesionales colegiados.

    13

    En el caso de tener que acreditar la exención en la realización de la formación ofertada por Fomento de San Sebastián:

      • Por estudios/formación, se deberán presentar los títulos académicos.
      • Por experiencia, se deberán presentar la vida laboral junto con una declaración responsable donde se indiquen las empresas en las que se adquirió la experiencia y la experiencia adquirida
      • Por contar con Plan de empresa, se deberá presentar el Plan de empresa con el contenido mínimo indicado en el artículo 4 de las presentes bases.

     

     

    DOCUMENTOS PARA ACREDITAR INCREMENTOS

    14

    Para incremento por alquiler: contrato de arrendamiento debidamente firmado por ambas partes. (Excepto a las empresas en los centros empresariales de Fomento de San Sebastián).

    Si has solicitado alguna ayuda de Fomento San Sebastián de las convocatorias posteriores a 2018, no hace falta que vuelvas a presentar la documentación que aquí se te pide, si sigue vigente y tus datos no han variado.

  • ¿CUÁNDO SABRÉ SI HE RECIBIDO LA AYUDA O NO?

    Recibirás respuesta en un plazo de 3 meses a contar desde la fecha en que presentes tu solicitud. Aunque si en ese plazo no te comunicamos nada no significa que tengas derecho a la ayuda.

    Te notificaremos por correo electrónico tanto si se te concede la ayuda, como si se te deniega. Además, se publicará la lista de personas beneficiarias.

    Para otorgar la ayuda revisaremos la documentación obligatoria que se te exige. Pero no tenemos por qué revisar cualquier otra documentación que tú presentes sin que se te pida.

    Si quieres optar a los distintos incrementos eres tú quien tiene que indicar a qué incrementos quieres optar. Y será Fomento San Sebastián quien decida si cumples los requisitos o no. Pero en ningún caso estaremos obligados a contemplar ningún incremento que tú no hayas indicado en el anexo de tu solicitud.

    Si tienes interés para que valoremos si tu proyecto es innovador, tienes dos opciones:

    • Haber participado, en 2020, 2021 o 2022, en Ekin+, Incubadora, Explorer u otros programas de impulso al emprendimiento de alto potencial de Fomento San Sebastián.
    • Presentar la memoria del proyecto (anexo Memoria de Proyecto Innovador). En este caso, para que se considere el tuyo como un proyecto innovador tendrá que obtener un mínimo de 25 puntos (de un total de 50), que valoraremos en base a estos criterios:
      • Grado de innovación empresarial y viabilidad 30 puntos
      • Grado de vinculación con I+D+i y tecnología 20 puntos

Documentación y enlaces relacionados

Puedes presentar tu solicitud hasta el 31 de diciembre de 2022 o hasta agotar la partida correspondiente (consulta los plazos de solicitud en función de tu fecha de alta en IAE).