Fomento de San Sebastián, en su estrategia de apoyo al desarrollo, retención y atracción de talento cualificado como elementos clave en el desarrollo e impulso de proyectos innovadores locales, plantea las Ayudas Talento Innovador.
El objetivo del programa es incentivar la contratación de jóvenes con formación académica superior, menores de 35 años (a fecha de contratación) y en situación de desempleo, en entidades locales que estén desarrollando proyectos empresariales innovadores y de I+D.
Es objeto de estas ayudas, que las personas contratadas se incorporen a entidades y proyectos en los que poder aportar conocimiento a esa actividad innovadora clave para dichas entidades.
- ¿A QUÉ EMPRESAS Y ENTIDADES ESTÁN DIRIGIDAS LAS AYUDAS?
Puedes solicitar la ayuda si eres una empresa con centro de trabajo en San Sebastián y desarrollas proyectos empresariales innovadores y/o eres una entidad miembro de la RVCTI (Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación) con centro de trabajo en San Sebastián y desarrollas proyectos innovadores.
- ¿QUÉ REQUISITOS TIENEN QUE CUMPLIR LAS PERSONAS CONTRATADAS?
Las personas contratadas deberán de cumplir los siguientes requisitos mínimos:
- Que tengan una edad menor de 35 años en el momento de la contratación
- Que tengan una titulación de Grado Superior Universitario, Diplomatura o Licenciatura o Formación Profesional de Grado Superior.
- Que las personas a contratar estén empadronadas en San Sebastián.
- Que estén en desempleo e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-SVE (Servicio Vasco de Empleo).
Las contrataciones laborales deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:
- El inicio del contrato laboral sea entre el 1 de enero de 2022 y el 28 de febrero de 2023. El plazo máximo para la contratación de la persona trabajadora será de dos meses desde la fecha de resolución de la ayuda.
- Que el salario a percibir sea como mínimo, un salario bruto de 18.000 euros anuales para una jornada del 100%, y de 13.500 euros anuales para una jornada laboral mínima del 75%.
- ¿CÓMO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
El plazo de presentación de solicitudes será hasta agotar los recursos económicos destinados a cada tipo ayuda, o hasta el 30 de octubre de 2022
Las solicitudes se presentarán de manera online a través de la web de Fomento de San Sebastián (www.fomentosansebastian.eus).
Para cualquier información o consulta se atenderá en el teléfono 943 482800 o en el email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando como asunto: “Ayudas DonostiaINN 2021”. El horario de atención al público es el indicado en la web de Fomento de San Sebastián.
Para aclarar posibles dudas que te puedan surgir, ofrecemos un servicio de atención previa a la solicitud. Para ello, tendrás que escribirnos un correo electrónico al email mencionado y valoraremos cual es la mejor manera de llevar a cabo estas sesiones: individuales o grupales en función de la tipología de proyectos o ayudas.
La documentación que tienes que presentar es la siguiente:
Documentación administrativa:
Hoja de Solicitud y otros documentos tanto de la persona física como de la persona jurídica, documentación acreditativa de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con las diferentes instituciones, ….
Memoria descriptiva técnica y económica
La memoria describirá el proyecto innovador a desarrollar. Contendrá información técnica y económica y debe mostrar el diseño global del proyecto (desarrollo de las fases, tareas, responsables, cronograma, indicadores de resultado) e indicar claramente el estado en el que se encuentra
Memoria específica Talento Innovador
La memoria describirá la oportunidad de empleo generada
- ¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA AYUDA?
La cuantía de la ayuda será de:
- 10.000 € para subvencionar contratos cuya duración sea igual o superior a 6 meses con jornada laboral al 100%.
- 7.500 € para subvencionar contratos cuya duración sea igual o superior a 6 meses con jornada laboral mínima del 75%.
La ayuda podrá tener un incremento de un 10% adicional si:
- La persona contratada es una mujer.
- Si para la persona contratada supone la primera contratación laboral, sea hombre o mujer.
Estos incrementos son acumulables pero, en ningún caso, el importe de la ayuda podrá superar la cuantía de (DOCE MIL) 12.000 euros.
El tipo de gastos subvencionables serán los directamente relacionados con la contratación de las personas, correspondientes a los 6 primeros meses del contrato.
Se podrá otorgar la ayuda a una única contratación por cada proyecto, con un máximo de 1 proyecto por empresa.
- ¿CÓMO SERÁ LA TRAMITACIÓN Y LA RESOLUCIÓN?
Las solicitudes serán evaluadas y resueltas por orden de registro de entrada hasta agotar los recursos económicos destinados a esta ayuda.
Deberá tratarse de proyectos locales que tengan alguna de las siguientes características:
- Un valor diferencial respecto al mercado o la sociedad actual
- Un uso intensivo en tecnología, conocimiento y/o innovación
- Proyectos de I+D
- Productos y/o servicios nuevos y útiles
- Procesos o modelos de negocio más eficaces que los existentes y generen un impacto mayor en el desarrollo socioeconómico de nuestra ciudad.
- Proyectos que incorporen perfiles cualificados y que desarrollan nuevos perfiles profesionales de alto valor añadido.
Todos los proyectos presentados serán evaluados de la siguiente manera:
- Valoración general sobre el proyecto innovador, hasta 70 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 55 para que el proyecto sea aprobado y se pase a la evaluación de la oportunidad de empleo generada.
- Valoración específica sobre la oportunidad de empleo generada, Talento Innovador, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para que la ayuda sea aprobada.
Excepcionalmente, aquellos proyectos que hayan sido aprobados en el programa Ekin+ y Ekin+ Salud, empresa constituida en la convocatoria 2021 y 2022, únicamente deberán ser evaluados en la valoración específica de la ayuda Talento Innovador, dándose por aprobada la valoración del proyecto innovador.
El plazo para emitir la resolución de la ayuda solicitada será de cuatro meses desde la fecha de registro de la solicitud.
- ¿QUÉ TENGO QUE TENER EN CUENTA DE CARA A LA JUSTIFICACIÓN?
El abono de las ayudas y por lo tanto, la justificación, se efectuará en dos pagos.
El primero de ellos (70% sobre la cuantía concedida) se realizará tras la contratación de la persona y la presentación de la documentación requerida. Los plazos son los siguientes:
- Las contrataciones realizadas antes de la fecha de la resolución de la ayuda, tendrán un mes máximo de plazo para presentar la documentación mencionada a partir de la fecha de dicha resolución.
- Las contrataciones realizadas después de la fecha de resolución de la ayuda, tendrán un plazo de un mes máximo para presentar la documentación mencionada a partir de la fecha de la contratación.
El segundo de los pagos (30% restante) se realizará tras la finalización de los 6 meses de contrato y la presentación de la documentación requerida. En la notificación de la comunicación del primer pago se indicará el plazo de presentación de la justificación final:
- Trascurrido el periodo subvencionable del contrato, es decir, 6 meses desde la fecha de inicio del contrato, se dispondrá de un plazo máximo de dos meses.
- En caso de que el periodo subvencionable ya esté finalizado a la fecha de dicha comunicación se dispondrá de un plazo máximo de dos meses desde la misma.